ÁREA JURÍDICA

Asuntos privados con elemento internacional

Cuando un divorcio, una herencia o un contrato tiene vínculos con más de un país aparecen tres preguntas distintas: qué autoridad puede conocer del asunto, qué ley se aplica y qué valor tiene en España una resolución dictada fuera. Ayudamos a ordenar el caso antes de iniciar cualquier trámite en el país equivocado.

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En qué casos podemos orientarte

  • Divorcio o separación con vínculos en varios países

    Os casasteis en un país, vivís en otro o tenéis nacionalidades distintas y necesitáis saber dónde puede tramitarse y qué ley regiría la disolución.

  • Responsabilidad parental y menores

    Custodia, régimen de visitas o traslados cuando el menor tiene residencia o vínculos en más de un Estado. La residencia habitual del menor es una pieza central del análisis.

  • Herencias internacionales

    Causante con bienes o residencia en varios países, testamentos otorgados en el extranjero o herederos residentes fuera de España.

  • Contratos transfronterizos

    Cláusulas de ley aplicable y de tribunal competente en contratos con contrapartes extranjeras, y qué ocurre cuando no se pactó nada.

  • Reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras

    Una sentencia o resolución dictada fuera de España y necesitas saber qué cauce permite que produzca efectos aquí.

  • Documentos extranjeros

    Certificados, poderes o escrituras otorgados en el extranjero: legalización o apostilla, traducción y utilidad real del documento en España.

Qué revisamos

  • El encaje del asunto en las reglas de Derecho internacional privado aplicables al supuesto.
  • Países implicados, nacionalidades, residencia habitual de cada parte y fechas relevantes.
  • Si existe un instrumento europeo o un convenio internacional aplicable al supuesto concreto.
  • Cláusulas de ley aplicable y de sumisión, cuando hay contrato o pacto previo.
  • Documentos extranjeros disponibles y su forma: traducción, apostilla o legalización.
  • Procedimientos ya iniciados en otro país y su incidencia sobre lo que pueda hacerse en España.
  • Cauce de reconocimiento que podría corresponder a la resolución concreta.

Plazos y decisiones que no conviene dejar pasar

Iniciar un procedimiento en un país antes de comprobar la competencia puede condicionar todo el asunto: en algunos casos el orden temporal entre procedimientos paralelos tiene consecuencias directas.

El reconocimiento de resoluciones extranjeras no sigue siempre el mismo cauce. Dentro de la Unión Europea pueden existir regímenes específicos de reconocimiento para determinadas materias, de modo que no cabe afirmar que siempre sea necesario un exequátur.

Los documentos extranjeros pueden requerir apostilla, legalización o traducción para desplegar efectos. Conviene comprobarlo antes de reunir documentación que después no sirva.

Cómo funciona

  1. 1. Cuéntanos el caso

    Explica brevemente qué ha ocurrido e indica si has recibido alguna notificación o tienes un plazo en curso.

  2. 2. Delimitamos la consulta

    Te indicamos qué información resulta necesaria y si el asunto encaja en el ámbito de actuación de iurisLink.

  3. 3. Conoces el alcance y el precio

    Antes de comenzar, se concreta el trabajo que se realizará, la forma de entrega y el presupuesto.

  4. 4. Recibes el análisis

    La respuesta podrá facilitarse por escrito o mediante una sesión, según la naturaleza del asunto acordado.

Documentación útil para una primera revisión

  • Documentos de identidad y pasaportes de las personas implicadas.
  • Certificados de matrimonio, nacimiento o defunción, con indicación del país de expedición.
  • Testamento, escrituras y documentación de bienes situados en cada país.
  • Contrato con la contraparte extranjera, con sus cláusulas de ley y jurisdicción.
  • Resoluciones o sentencias extranjeras, con su traducción y apostilla si ya las tienes.
  • Datos de residencia habitual y fechas de traslado de cada parte.

Preguntas frecuentes

¿Dónde debo presentar mi asunto?

La competencia depende del tipo de asunto, de la residencia habitual, de la nacionalidad y de los instrumentos aplicables. Es la primera de las tres preguntas que se resuelven en el análisis inicial.

¿Qué ley se aplicará a mi caso?

La ley aplicable no coincide necesariamente con la del país donde se tramita el asunto. Son cuestiones distintas y se determinan con reglas también distintas.

¿Necesito exequátur para una sentencia extranjera?

No siempre. Para determinadas materias existen regímenes europeos específicos de reconocimiento y ejecución, mientras que en otros supuestos sí procede el procedimiento previsto en la normativa española de cooperación jurídica internacional.

¿Sirve en España un documento otorgado en el extranjero?

Depende del documento y del país de origen. Suele ser necesario comprobar la apostilla o legalización y la traducción, además de su idoneidad para el trámite concreto.

¿Actuáis ante autoridades extranjeras?

No. El trabajo se limita al análisis inicial y a la revisión documental. Cuando el asunto exija una actuación reservada a un profesional habilitado, en España o fuera, se indicará antes de aceptar el encargo.

Normativa y fuentes oficiales

Otras materias relacionadas

  • Extranjería y nacionalidad — Orientación inicial sobre residencia, arraigo, familiares de españoles, renovaciones, requerimientos y nacionalidad conforme a la normativa vigente.
  • Contratos y reclamaciones civiles — Revisamos contratos, incumplimientos y reclamaciones de cantidad para identificar documentación, plazos y la vía adecuada antes de negociar o reclamar.

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Contenido actualizado: 12 de agosto de 2026 · Fuentes oficiales